sábado, 19 de octubre de 2013

La lógica del desnudo



El cartel es inapelable y cumple todos los requisitos que fija la legislación sobre la posibilidad de fijar condiciones de acceso a un local hostelero. Bueno, en realidad, todos nos. Debería aparecer el Boletín Oficial del Principado, o autonomía en cuestión, donde se autorizan esos criterios. Y el texto legal del que emana esa posibilidad.
Pero eso no es lo que me interesa, sino otras dos cuestiones. La primera es que, visto el cartel, entiendo que puedo entrar calzado, ropa seca, camiseta en el torso y el culo al aire, porque en ningún lugar se indica la obligatoriedad de tapar las partes bajas. Y puestos a reglamentar todo, lo que no se ordena, se autoriza.
Y, la segunda, que es la más importante, tiene que ver con los males de esta sociedad donde lo que son criterios de buen gusto y urbanidad se deben imponer casi con la severidad próxima al Código Penal. Incluso para reforzar la legítima autoridad del propietario si ve entrar a un posible cliente mojado, descalzo y con el torso desnudo.

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