viernes, 11 de julio de 2008

Justicia y legalidad en el San Agustín

El dilema existente entre derecho natural y positivo se concentra en esa frase con la que todos nos enfrentamos alguna vez. "No toda las leyes son justas y no toda la justicia es legal". Desde que la escuché por primera vez, no hay año en la que la recupere alguna vez. La última fue hace un par de días, al conocer la noticia sobre el quiosco del Hospital San Agustín que ha salido publicada en La Voz de Avilés y otros medios.
La situación es la siguiente. La titular del quiosco es una antigua trabajadora del Hospital que, a finales de los 70, sufrió un grave accidente laboral. Después de un proceso bastante largo, firmó un contrato con la Tesorería General de la Seguridad Social y comenzó a gestionar el quiosco, asumiendo de su bolsillo gastos como la reforma del local o un alquiler que debía abonar anualmente a su arrendador. Las transferencias sanitarias provocaron un cambio importante, ya que el Servicio de Salud del Principado (Sespa) entendía que la propiedad del inmueble había cambiado y, por eso, el contrato existente no servía. Y decidió sacar la explotación del quiosco a concurso público, como otras instalaciones del Hospital.
La titular no presentó y, además recurrió el concurso al considerar que era incompatible con su contrato. Ahora, una sentencia da la razón al Sespa, mientras que una persona se encuentra que el trabajo de veinte años no sirve para nada. El próximo mes de setiembre dejará de trabajar en el San Agustín (empieza el nuevo adjudicatario) mientras ella se irá a la calle y con todos los derechos de los autónomos. Es decir, ninguno.
La decisión del Sespa es, y así lo dicen los jueces, perfectamente legal y no se puede discutir. Sí la moralidad, el preferir mirar la legislación antes que a la persona sobre la que se legisla, las circunstancias excepcionales que la llevaron a ese trabajo. No es, desde luego, algo justo y moral lo que está sucediendo. Incluso escandaloso cuando se encuentra soportado por un partido que se dice Obrero y Socialista, aunque, por lo leído en la prensa, en el último congreso decidieron fusilarse a la o. Visto lo que pasa, no me extraña.

4 comentarios:

  1. Siendo estrictos, sólo tendrían validez la P y la E, aunque los de la Cope ponen en duda también la E.

    Bobadas aparte, el caso es sangrante y encima no servirá de nada porque lo malo de estas sentencias, donde se comprueba que la Ley resulta escasa -se podría citar también lo de las calles dedicadas a etarras-, es que la constatación del problema no da lugar a que se pongan medidas para solucionarlo, aunque sea para el futuro.

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  2. Lo que no puede ser es que no se presentase al concurso creyendo que lo iban a invalidar por su reclamación; tenía que haberse presentado, como el nuevo adjudicatario, y luego plantear cualquier reclamación.

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  3. Me parece que sí, que la prudencia aconsejaba la opción que comenta Repartidor.

    Por otro lado, comentar que normalmente caemos en el error de culpar al Gobierno de turno de las decisiones judiciales. Si damos por ciertas que algunas decisiones que nor parecen injustas -por ejemplo las dos que cité anteriormente- se ajustan a derecho y que la justicia es un poder independiente, en cualquier caso habrá que adjudicar las culpas a todos los ejecutivos que hemos tenido que no han tenido/sabido/podido hacer unas leyes más justas.

    Escribo esto pensando en los comentarios que los medios de comunicación "de la derecha" emplean estos días con motivo de lo de las calles etarras, que casi parece que ZP ha sido el juez. Si las cosas no se ajustan a la ley, las culpas al poder judicial, y si se ajustan a ley pero resultan "inapropiadas", en principio, todos los ejecutivos han tenido su momento para corregirlo. ¿no?

    A lo mejor es que aún no tenemos asimilado lo de la separación de poderes... o que nuestra cabeza sí lo tiene pero nuestra intuición nos está gritando lo contrario.

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  4. Vuestras dos intervenciones alimentan varios debates y todos ellos interesantes.
    Annie habla de las calles a etarras, algo que indigna a todo el mundo decente, pero no podemos olvidar el principio de irretroactividad tan importante en el derecho penal pues concede seguridad jurídica a todo el mundo. La sentencia (por cierto, dictada por un tribunal que ha condenado a muchos etarras) dice que como la nominación es anterior a 2000, año de aprobación de la ley, no se puede aplicar. Aunque los políticos tienen vías para superar esa situación. Como es llevar los nombres a un nuevo pleno y, con la actual ley, votar a favor o en contra de mantener la nominación.
    Estoy de acuerdo con repartidor en que esa persona debería haberse presentado al concurso y, al tiempo,apelar todo lo que considerase necesario. Pero ello no evita el sentimiento de injusticia de todo ese episodio.

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